Somos muchos los colombianos que cuando se acercan las fechas de pagos de la declaración tributaria nos surgen muchas dudas acerca de los mismos ¿Qué cosas entran en la declaración de impuestos? ¿Debo declarar este año? ¿Qué es la declaracion de renta? En fin, en Superprof queremos guiarte, por lo que en este artículo estaremos dejando la respuesta a estas y otras preguntas que nos surgen, acompáñanos a conocer más de las clases de contabilidad tributación en Colombia.

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¿Qué es la declaración tributaria?

Es el valor que las empresas y personas naturales o jurídicas pagan al estado, ya sean estos últimos empleados o independientes.

Es el mecanismo en el cual el estado recauda fondos, con el fin de suplir necesidades del territorio o de la población de un país.

Los saldos que se deben pagar suelen ser calculados (por un contador, normalmente) de los ingresos, patrimonio o ganancias ocasionales obtenidas tanto en el país como en el extranjero.

Un punto importante es que, estos, aplican a toda empresa que haya sido constituida en Colombia o que su domicilio principal o su sede de administración esté en el territorio nacional.

Persona realizando una declaración de impuestos
Un trámite que ayuda a crecer al país.

Cuando se trata de empresas, para saber la carga tributaria se debe tener en cuenta algunos factores;

  • La ubicación.
  • Cobertura de servicios y extensiones.

En Colombia la entidad encargada es la DIAN. Cuando los contribuyentes o negocios deciden no cumplir con las declaraciones, la DIAN, como primera medida, genera una multa o una serie de intereses sobre los valores no pagados.

Es muy importante tener en cuenta que cuando se genera esto último, la tasa de interés es más alta y en caso de que exista una evasión, los morosos podrían incurrir en consecuencias legales que van desde cárcel hasta multas muy elevadas.

Los impuestos se suelen clasificar en dos grandes grupos:

  • Directos: Gravan ingresos y patrimonio.
  • Indirectos: gravan el consumo (los que vemos a diario, el IVA)

¿Qué impuesto pagan las personas?

Sobre la renta: los pagan las personas que generen incrementos en su patrimonio y estos provengan de operaciones ordinarias.

El IVA: la tarifa general es del 19%, es pagado cada vez que las personas adquieren productos o servicios. En algunos productos y servicios podemos ver que el porcentaje es del 0 o 5%.

El GMF: este grava cada operación financiera en virtud de la cual disponga de recursos depositados en cuentas de ahorro o corrientes. La tarifa suele ser del 0.4%.

Hacienda; el impuesto de hacienda es cobrado a todo propietario o poseedor de bienes, inmuebles o predios ubicados en el país.

Para las empresas

  1. Nacionales: sobre la renta, IVA, GMF, consumo.
  2. Departamentales: de registro.
  3. Municipales: de industria y comercio, aviso y tableros.
  4. Al patrimonio.

Impuesto a la renta

Se hace de forma anual, en él se gravan las utilidades que ha tenido una empresa o persona entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del mismo año, la tarifa suele variar cada año:

  • 2020: 32%
  • 2021: 31%
  • 2022: 30%
  • 2023: 35%

Los plazos para su pago, suelen ser publicados en el calendario tributario de la DIAN.

¿Cómo saber si me toca hacer la declaración de renta?

Cada año se establecen unos topes económicos que indican si una persona natural debe declarar renta o no, para esto debes plantearte algunas preguntas:

  • ¿Recibiste ingresos superiores a 53.206.000 COP en el 2022?
  • ¿El valor de tus bienes supuraba los 163.386.000 COP al 31 de diciembre del 2021?
  • ¿El costo de tus compras y consumos sobrepasó los 53.206.000 en el 2022?
  • ¿El valor de tus compras con tarjetas de crédito sobrepasó los 53.206.000 COP en el 2022?
  • ¿El valor total de tus transferencias o consignaciones bancarias sobrepasó los 53.206.000 en el 2022?

Si la respuesta es afirmativa para alguna de las anteriores preguntas, debes realizar la declaración de renta.

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¿Cómo hacer tu declaración anual paso a paso?

Crea una cuenta en la DIAN y has los siguintes pasos:

  1. Busca los documentos requeridos.
  2. Ingresa a la web de la DIAN.
  3. Llena todos los campos requeridos e ingresa a la página.
  4. Ubica la opción diligenciar y presentar formulario 210.
  5. En borrador, coloca año 2023 y da clic en crear.
  6. Responde las preguntas.
  7. Completa el formulario 210.
  8. Cuando la información esté completa y sea correcta guarda el borrador definitivo y firma.
  9. Solicita la clave dinámica (llegara tu correo).
  10. Da clic en el botón naranja y luego en presentar.
  11. Si tienes saldo a pagar genera el recibo.

Para muchas personas es más fácil realizar el proceso con un video, te dejamos el video del paso a paso.

¿Cómo saber cuanto me toca de la declaración de renta?

Tenemos varias opciones para saberlo, primero puedes usar la calculadora de impuesto tributario que nos da la misma entidad, ahora si queremos hacerlo manualmente debemos tener en cuenta los rangos en UVT la tarifa marginal y el % de impuesto:

Rangos en UvtTarifa marginalImpuesto
Desde hasta
0 1.090
0%0
>1.090 1.70019%(Base gravable en Uvt menos 1.090) x 19%
> 1.700 4.10028%(Base gravable en Uvt menos 1.700) x 28% + 116 Uvt
>4.100 8.67033%(Base gravable en Uvt menos 4.100) x 33% + 788 Uvt
>8.670 18.97035%(Base gravable en Uvt menos 8.670) x 35% + 2.296 Uvt
>18.970 31.00037%(Base gravable en Uvt menos 18.970) x 37% + 5.901 Uvt
> 31.000 En adelante39%(Base gravable en Uvt menos 31.000) x 39% + 10.352 Uvt

Cuando tengas el valor de tu renta, deberás restar las deducciones y ver si tienes saldos a favor o debes realizar pago. Tengamos en cuenta que un UVT equivale a 42.412 COP.

Persona usando una calculadora, una lupa, hojas y monedas.
Calcula el valor de tu declaración de renta.

También vamos a encontrar muchos sitios en Internet en los cuales podemos ingresar nuestra información financiera como contribuyentes y obtener el valor que se tiene que consignar en entidades correspondientes (BBVA, Bancolombia y otros).

Muchas veces la declaración de renta se declara sobre 0 (es decir que no se tiene que cancelar ningun saldo), por ejemplo si se tiene un patrimonio superior al número de UVT establecido, pero no se cuenta con el nivel de ingreso que genere pago de impuesto sobre la renta.

En los cursos de contabilidad en bogota veremos que si el ingreso que recibes no es tan alto, puede que el valor $ sea 0 aun cuando declaras renta.

¿Cómo presentar impuestos?

También existen varias maneras:

  • En la web.
  • En una oficina SII

Si debes tributar y eres obligado virtual o deseas hacerlo por internet, puedes hacer la presentación usando los servicios digitales de la entidad encargada, usando la firma electrónica.

Si aún no cuentas con firma electrónica, debes primero generarla, ese trámite también lo podrás hacer a través de los servicios digitales de la entidad o usando la app móvil de la entidad.

Si estás obligado a hacer la presentación de la tributación de manera digital y en ella te aparece un saldo para ser cancelado, debes generar la forma 490, para cancelar a través de internet; en caso de que no quieras realizar el pago de forma virtual debes imprimir dos copias del formulario 490 y acercarte a la entidad recaudadora para cancelar el saldo (BBVA, Bancolombia, Banco de Bogotá, entre otros).

En caso de que ya tengas una cuenta, asegúrate que tu información sea correcta, en caso contrario debe ser modificada.

Recuerda que las rentas pagadas en el 2023 corresponden a las rentas del 2022.

Declarar renta, se puede hacer de forma presencial, para esto tendrás que:

  • Recopilar los antecedentes requeridos.
  • Dirigirse a una entidad financiera autorizada.
  • Explicar por qué quieres hacer la declaración de renta de forma presencial
  • Llevar a cabo la declaración de renta.

Para la declaración de renta, se deben tener algunos documentos:

Documentos para soportar activos:

  • Extractos bancarios.
    Recibo de impuesto predial cancelado.
    Recibo de cancelación del impuesto y/o factura de compra de vehículos.
    Certificado de inversiones.
    Factura de compra de maquinarias.
    Certificado de avalúos técnicos.
    Anexo de la declaración de renta anterior (si se tiene).

Documentos para soportar pasivos: cada pasivo que declares debe estar soportado, en caso de que sean créditos bancarios en entidades vigiladas, con un extracto o los certificados bancarios son suficientes.

Si son deudas con particulares, se precisan documentos con fecha cierta.

Documentos para soportar cada ingreso: si no cuentas con algún certificado, con las facturas, contratos o certificados de retención, es suficiente, pues el fin de lograr relacionar y sumar cada ingreso obtenido durante el periodo de declaración de renta que se quiere presentar.

En el caso del empleado, los certificados contienen los pagos recibidos por el trabajador, si no se tiene, se puede recurrir al reporte de terceros de la misma entidad.

Documentos para soportar costos y pagos: estos sí deben estar soportados con facturas.

Soporte de rentas exentas y no constitutivos de renta ni ganancia ocasional: dependiendo del tiempo de ingreso, se pueden requerir los siguientes:

  • Planilla de aportes de seguridad social.
  • Certificados o pruebas de aportes a voluntarios o pensión.
  • Extractos de cuentas AFC.
  • Certificado de retención de las entidades financieras.

Cuando termines de presentar los documentos y los pasos antes nombrados, se habrá realizado el trámite de la declaración de renta, en caso de tener saldos por cancelar, los contribuyentes se deben acercar a entidades autorizadas para hacer la consignación (BBVA, Bancolombia, entro otros).

Inicio de la página de la DIAN
Presenta la declaración tu mismo.

¿Qué gastos puedo deducir en mi declaración anual?

Las personas naturales podrán deducir de las declaraciones, gastos de:

  • Intereses o corrección monetaria por préstamos, adquisición de vivienda
  • Pagos por medicina prepagada.
  • Pagos por seguros de salud.
  • Deducción por Dependientes.
  • Gravamen a los movimientos financieros.
  • Donaciones.
  • Retención en la fuente.
  • Intereses Crédito ICETEX.

En los cursos de contabilidad online veremos que las deducciones, suelen ser establecida según el sistema de renta cedular que tengan:

  1. Cédula General.
  2. Cédula de pensiones.
  3. Cédula de dividendos y participaciones.

Ahora debemos tener en cuenta, que depende de la deducciones que puedas aplicar según tu cédula, el valor no se podrá exceder de 5.040 UVT, o el 40%.

En las cursos de contabilidad cali veremos que los gastos deberán estar sin IVA e ICE, aquí podrán incluir los de sus hijos menores de edad, cónyuge o conviviente, e hijos mayores de edad que tengan alguna discapacidad, siempre y cuando estos últimos no reciban ningún ingreso gravado y dependan del contribuyente.

¿Cuándo se hace la declaración?

La declaración se presenta cada año según el calendario tributario que define los plazos de atención; para el 2023 el calendario comienza el 9 de agosto y termina el 19 de octubre.

Esto quiere decir que puedes acercarte el 9 de agosto, pero que no puedes dejar para el último día, es decir, que el calendario se rige por los dos últimos dígitos de la cédula. Por lo que si encuentras los dos últimos dígitos de tu cédula el 18 de agosto, quiere decir que ese es el plazo máximo para tu declaración de renta.

Aquí te dejamos el calendario completo:

Últimos dígitos de la cédulaFechaÚltimos dígitos de la cédulaFecha
01 y 0209 de agosto del 202351 y 5214 de septiembre del 2023
03 y 04 10 de agosto del 202353 y 54 15 de septiembre del 2023
05 y 0611 de agosto del 202355 y 56 18 de septiembre del 2023
07 y 0814 de agosto del 202357 y 5819 de septiembre del 2023
09 y 1015 de agosto del 202359 y 60 20 de septiembre del 2023
11 y 1216 de agosto del 202361 y 6221 de septiembre del 2023
13 y 1417 de agosto del 202363 y 6422 de septiembre del 2023
15 y 1618 de agosto del 202365 y 66 25 de septiembre del 2023
17 y 1822 de agosto del 202367 y 68 26 de septiembre del 2023
19 y 2023 de agosto del 202369 y 7027 de septiembre del 2023
21 y 2224 de agosto del 202371 y 7228 de septiembre del 2023
23 y 2425 de agosto del 202373 y 74 29 de septiembre del 2023
25 y 2628 de agosto del 202375 y 76 2 de octubre del 2023
27 y 2829 de agosto del 202377 y 783 de octubre del 2023
29 y 30 30 de agosto del 202379 y 80 4 de octubre del 2023
31 y 3231 de agosto del 202381 y 82 5 de octubre del 2023
33 y 34 1 de septiembre del 202383 y 84 6 de octubre del 2023
35 y 364 de septiembre del 202385 y 86 9 de octubre del 2023
37 y 38 5 de septiembre del 202387 y 88 10 de octubre del 2023
39 y 406 de septiembre del 202389 y 90 11 de octubre del 2023
41 y 427 de septiembre del 202391 y 9212 de octubre del 2023
43 y 448 de septiembre del 202393 y 94 13 de octubre del 2023
45 y 4611 de septiembre del 202395 y 96 17 de octubre del 2023
47 y 48 12 de septiembre del 202397 y 98 18 de octubre del 2023
49 y 5013 de septiembre del 202399 y 00 19 de octubre del 2023

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Maria

Apasionada de los paseos en bici, las caminatas en la naturaleza, la escritura y la contemplación; nada más hermoso que admirar todo aquello que nos rodea.